Centro de  Reacción Activa de Seguridad Privada S.A. de C.V.

SERVICIOS DE PROTECCION PATRIMONIAL, INDUSTRIAL, COMERCIAL RESIDENCIAL Y HOTELERA

GUARDIAS EN SERVICIO RESIDENCIAL

CONSIGNAS ESPECIALES DE GUARDIAS EN SERVICIO RESIDENCIAL "BOSQUE DE SAYULA"

 

1.- EL GUARDIA DE SEGURIDAD, es el responsable del control de accesos en general y del conocimiento oportuno del interior, entradas y salidas del fraccionamiento.

 

2.- PROCEDIMIENTO DEL CONTROL DE ACCESOS, solo podrán ingresar al fraccionamiento las personas que cumplan con los requisitos siguientes:

 

A)   Deberán REGISTRARSE EN LA BITACORA DE CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS DEL CONDOMINIO, REGISTRARLO EN LA APLICACION DE CERA CONTROL DE ACCESOS a los visitantes, proveedores y en general a toda persona ajena al mismo.

B)     SOLICITAR AL VISITANTE, su identificación oficial con fotografía, para acreditar su identidad y se le tendrá que revisar de manera obligatoria la cajuela del automóvil y  devolver su identificación a la salida previo registro en la BITACORA.

C)   Una vez agotada las dos primeras etapas del procedimiento, se solicitará a quien corresponda, la AUTORIZACION para su ingreso por medio de la aplicación CERA control de accesos, en caso de no tener respuesta se le llamara por vía telefónica y se hará constar el NOMBRE COMPLETO DEL RESPONSABLE DEL ACCESO AL FRACCIONAMIENTO.

D)   En caso de ausencia del residente o sin la AUTORIZACION de quien deba emitirla por las dos vías de comunicación, NO PODRA POR NINGUN MOTIVO INGRESAR PERSONA ALGUNA AL FRACCIONAMIENTO.

E)    EN CASO DE RETIRAR ALGUN OBJETO DEBERAN ENTREGAR UNA AUTORIZACION POR ESCRITO DEL CONDOMINO VISITADO, IGUALMENTE DEBERAN DE REVISAR CAJUELAS DE LOS PROVEEDORES CUANDO ENTREN O SALGAN DEL CONDOMINIO.

F)    NO DAR INFORMES A PERSONAS DESCONOCIDAS O SOSPECHOSOS.

 

3.- DEL INCUMPLIMIENTO DEL GUARDIA, el guardia que no cumpla con lo establecido en el Apartado Nº 2 de estas consignas, habrá incurrido en FALTA GRAVE, por lo que será SANCIONADO POR FALLA ADMINISTRATIVA O EN SU CASO PODRA INCURRIR EN RESPONSABILIDAD PENAL O EL DESPIDO EN EL MENOR DE LOS CASOS.

 

4.- DE LA ENTREGA-RECEPCION DE TURNO,

     

A)   EN EL CAMBIO DE TURNO DE LOS GUARDIAS, deberá llevarse a cabo de manera solemne y formal, la entrega del servicio en la cual deberá aparecer en la BITACORA DIGITAL el historial de lo sucedido en su turno de MANERA CRONOLOGICAMENTE y en la que habrá de constar con el GUARDIA DE QUIEN ENTREGA Y RECIBE PARA CONSTANCIA EN LA BITACORA DE NOVEDADES.

B)    ES OBLIGACION DEL GUARDIA, registrar permanentemente en la BITACORA Y EN LA APLICACION DE CERA CONTROL DE ACCESOS correspondiente, A TODAS LAS PERSONAS QUE ENTREN Y SALGAN DE LOS EVENTOS Y CIRCUNSTANCIAS que sucedan durante su turno y en su centro de trabajo.

C)  EL GUARDIA DEBERA TENER LA CAPACIDAD Y EL CRITERIO SUFICIENTE para clasificar la información relevante y en su caso elaborar el PARTE INFORMATIVO (DIGITAL) de los asuntos extraordinarios que sucedan durante su jornada en servicio.

D)   Al iniciar el turno o jornada diaria:

I.  Efectúa una ronda o recorrido de inspección del condominio verificando el estado de operación, mantenimiento, aseo y extracción de basura, vehículos sospechosos.

II. En el caso de encontrar equipos con fallas en los suministros de luz, agua o gas, avisara inmediatamente al administrador y al supervisor.

 

5.- DE LAS NOTIFICACIONES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS,

 

A)   El guardia NO deberá recibir NOTIFICACIONES JUDICIALES salvo orden en contrario, emitida por autoridad competente (orden de cateo, rompimiento de cerraduras).

B)    SOLO RECIBIRÁ la correspondencia en sobre cerrado y con autorización del titular de la misma como recibo telefónico, agua, luz. (NO SE RESGUARDARA  PAQUETES NI DOCUMENTOS BANCARIOS)

C)   NO SE PERMITE EL ACCESO A CORPORACIONES POLICIACAS, únicamente a los servicios de emergencia, ambulancias y bomberos, solo en caso de emergencia o desastre naturales; terremoto, inundaciones, incendios, etc.

 

6.- DE LAS EMERGENCIAS,

       

A)   EL GUARDIA deberá tener a su DISPOSICIÓN EL DIRECTORIO TELEFONICO DE LA POLICIA, SERVICIOS MEDICOS, PROTECCION CIVIL Y LOS DIRECTORIOS DE LA EMPRESA, de la cual dicha información manejara con SECRECIA.

B)    EN CASO DE EMERGENCIA Y SEGÚN SEA EL CASO, DEBERAN LLAMAR A LOS TELEFONOS DE EMERGENCIA Y PROCEDER CON TODA EFICIENCIA, DILIGENCIA Y PRONTITUD EN CONSECUENCIA.

 

7.- DE LA PERSONALIDAD DEL GUARDIA;

 

A)   DEBERA TENER UNA APARIENCIA IMPECABLE Y CON EL PELO CORTO Y AFEITADO SIEMPRE.

B)    PORTAR EL UNIFORME LIMPIO, COMPLETO Y EN BUEN ESTADO INCLUYENDO EL CALZADO.

 

8.- DE LA ASITENCIA DEL GUARDIA;

 

A)   EL GUARDIA deberá de presentarse puntualmente a su servicio a las 7:45 horas para que a las 8:00 horas esté en condiciones de INICIAR su jornada de trabajo.

B)    EL GUARDIA NO PODRA FALTAR a su servicio sin autorización por lo que deberá solicitar el permiso correspondiente con 48 HORAS DE ANTICIPACION.

C)  En caso de faltar sin permiso previo por escrito y autorizado por el departamento de recursos humanos se le aplicara el DESCUENTO correspondiente al faltista y la SUSPENSION de sus funciones sin goce de sueldo, dependiendo de las consecuencias de su ausencia.

D)   Cuando el guardia NO se presente a laborar está obligado a probar de manera fehaciente para justificar dicha falta, de lo contrario será reportado con copia a su expediente para constancia y record.

 

9.- DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS PRESENTES DISPOSICIONES:

 

A)   En caso DE INCUMPLIMIENTO de alguna de las disposiciones contenidas en las presentes consignas se aplicaran en forma independiente de las expresadas y dependiendo de la gravedad de la falta.

B)    LA PRIMERA FALTA a las presentes consignas cometida por guardia se hará acreedor a una AMONESTACION VERBAL.

C)   Si el guardia REINCIDE se procederá a levantar el reporte por escrito con copia a su expediente.

D)   En caso de VIOLACION a las presentes consignas por el guardia de manera reiterada se considerara como FALTA GRAVE Y SE LEVANTARA EL ACTA ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE Y EN CASO DE PROCEDER SE DARA LA TERMINACION DE LA RELACION LABORAL DEL GUARDIA PARA CON LA EMPRESA.

 

10.- EL GUARDIA DEBE DE CONSIDERAR QUE LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LAS PRESENTES CONSIGNAS SE APLICARAN COMO COMPLEMENTO DE LAS SEÑALADAS EN EL PLIEGO DE CONSIGNAS DEL PERSONAL DE NUEVO INGRESO, QUE PREVIAMENTE FIRMA Y ACEPTA TODO GUARDIA QUE LABORA EN LA EMPRESA.

 

11. TRATO Y RELACIONES:

           

          A. Siempre respetuoso.

          B. Evitar el trato con apodos y sobrenombres y especialmente con palabras o gestos despectivos o groseros.

          C. Siempre mantener la calma, evitando ofuscarse, contestar con malos modos, levantar la voz o gritar.

          D. Tratar de Usted y de Señor (a)

          E. Cumplir las órdenes que se reciben con interés y motivación.

          F. El evitar criticar a sus jefes o criticar las ordenes que estos imparten, con sus compañeros de trabajo y subalternos.

          G. Escuchar a quien reclama con atención y dejarlo que termine de hablar, sin interrumpirlo, antes de contestar.

          H. Pensar la respuesta de darla y deberá hacerlo en forma calmada, amable y respetuosa, indicando los fundamentos o razones de dicha respuesta.

          I. Evitar responder con excusas que involucren fallas de sus compañeros de trabajo, ya que ello por lo general no soluciona el problema y solo crea mas problemas en el equipo de trabajo del cual forma parte. Evitar el entrar en polémicas.

         J. Los trabajos del personal, están dirigidos al servicio de la comunidad como un todo y no a cada persona individual. De acuerdo con este principio el personal debe tener en cuenta lo siguiente:

             K. Que recibe órdenes solo a través del ADMINISTRADOR y de la empresa de seguridad CERA Seguridad Privada. Que sus labores son las especificadas en su descripción de funciones y las que la jerarquía establecida en la oficina, le ordene expresamente.

 

12. USO DEL TELEFONO

 

A.   Atención de emergencia

B.    Recibir y hacer llamadas de servicio o de trabajo

C.   Llamados particulares solo en casos de urgencia o debidamente calificados.

D.   El uso del teléfono para llamadas de carácter social, está estrictamente prohibido.

E.    Las excepciones podrán ser autorizadas por la administración. Y en su caso, por los comités de vigilancia y seguridad.

 

13. BITACORA DIGITAL

             

A.   La bitácora digital es la cual se deberían registrar de forma diaria y cronológica, todas las novedades que se produzcan.

B.    El responsable de llenar el libro de novedades, es el guardia que se encuentra a cargo y en él se anotara cada día: la fecha y la hora de inicio del respectivo turno y el nombre de quien se hace cargo de este turno, las horas y lugar en que se hayan producido novedades y su descripción, la hora del termino del respectivo turno y el nombre y la firma de quien estuvo a cargo de este turno.

I.               La inasistencia o atrasos del personal de servicio (independientemente de lo anotado en la lista de asistencia) y los permisos para ausentarse del turno, que otorgue la administración.

II.              La fallas en el cumplimiento de los aseos en las áreas de uso común.

III.             Las fallas en los equipos, instalaciones o sistema de uso.

IV.           Los daños que sufran los equipos, instalaciones y áreas comunes, por acciones del personal (quiebre de vidrios, roturas de muebles o cortinajes, daños etc.)

V.            Los reclamos efectuados por el personal.

VI.           Las transgresiones graves a las presentes consignas y protocolos.

VII.          Todo otro hecho o acontecimiento, que por su importancia requiera que se deje una constancia escrita.

VIII.         Mantener limpia y en buen estado la caseta de vigilancia.

 

14. NORMAS PARA LA VIGILANCIA DE LOS ACCESOS

 

A)   Control de Acceso a visitas

I.               Se entiende por visita a la empresa, la concurrencia a ella de cualquier persona que no sea un trabajador. Se entiende por visita a:

a). Los familiares y amistades.

b). Las personas que concurren a prestar servicios esporádicos.

c). Toda otra persona, aun revestida de autoridad.

 

B)    Aspectos básicos que deben controlarse durante una ronda

I.               Que las luminarias exteriores de encuentren en buen funcionamiento, vehículos o personas sospechosas, aseo de la calle.

II.             Que las puertas y ventanas de los vehículos estacionados se encuentren cerrados. Si están abiertas, se debe dar aviso al respectivo propietario del vehículo. El mismo procedimiento se aplicara si el vehículo quedo con luces o radio encendidas y en caso de encontrar a personas sospechosas a criterio de guardia se le debe de cuestionar y el motivo de su ingreso en caso que la persona titubee o se muestre nerviosa invitarlo a salir del fraccionamiento y en su caso de su negativa reportarlo con su compañero al administrador y a la empresa y solicitar el apoyo de la policía.

III. Que los elementos y artículos de aseo, después que se usen, se encuentren guardados en el lugar asignado, especialmente elementos tóxicos.

 

 C). Información a personas desconocidas. El personal debe abstenerse de entregar información de la empresa a personas desconocidas, puesto que esta información puede ser usada para cometer algún delito.

 

DE LAS PROHIBICIONES

 

I. No podrá custodiar cosas no objetos de valor, en caso de que el residente insista, será bajo la responsabilidad del mismo residente.

II. Queda prohibido mezclar la ropa civil, con el uniforme dentro del servicio.

III. Queda prohibido trabajar en las casas del fraccionamiento, aun saliendo del servicio.

IV. Queda prohibido expresarse con palabras altisonantes y ademanes groseros.

V. Queda prohibido tomar familiaridad con personas ajenas y alto mando.

VI. Queda prohibido recibir dinero en efectivo de los residentes, excepto los pagos de mantenimiento acordados por el administrador y prohibido recibir dadivas y/o extras como cheques, si el condómino insiste deberá llamarle al administrador y/o supervisor para que este se lo reciba.

 

           

Se expiden las presentes consignas con carácter general y obligatorio para todos los guardias que laboran en CERA Seguridad Privada, el día 01 de Mayo de 2021 este documento puede sufrir modificaciones, cambios o actualizaciones derivadas de nuevos requerimientos del cliente; de nuestras propias necesidades por los servicios que ofrecemos; de nuestras prácticas de privacidad; de cambios en nuestro modelo de negocio, o por otras causas. 

Nos comprometemos a mantenerlo informado sobre los cambios que pueda sufrir el presente pliego de consigna de privacidad, cualquier duda o comentario favor de avisarlo a su jefe inmediato o enviar un correo direccion.operativa@ceraseguridadprivada.mx

 

 

 

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